

1. ¿De qué trata?
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1226 del 18 de agosto de 2026, que confirma los alivios tributarios para contribuyentes afectados por el terremoto del 10 de agosto [Guía práctica para reclamar ante las aseguradoras después del terremoto en Colombia]. La norma aplaza los plazos para declarar y pagar renta, y para presentar retenciones sin intereses ni sanciones. Ya no son proyectos: el decreto fue firmado por el ministro Miguel Gómez Martínez y rige desde su publicación en el Diario Oficial .
2. Buenas noticias: el decreto es retroactivo
Quienes tenían vencimientos en agosto y no declararon esperando el beneficio pueden estar tranquilos. La norma es retroactiva y cobija a contribuyentes cuyos plazos vencieron antes de la expedición del decreto, siempre que estén en las zonas afectadas. No habrá liquidación de intereses moratorios ni sanciones para quienes se acojan a las nuevas fechas.
3. ¿Qué cambió exactamente?
ANTES (proyectos): Proyectos sin aprobar, sin efecto legal.
AHORA (Decreto 1226 de 2026): ¡Ya es ley! Decreto expedido y vigente desde el 19 de agosto.
ANTES (proyectos): Riesgo de sanciones para quienes esperaron.
AHORA (Decreto 1226 de 2026): El decreto es retroactivo: quienes tenían vencimientos en agosto quedan cobijados sin sanciones.
ANTES (proyectos): Se especulaba con la cobertura.
AHORA (Decreto 1226 de 2026): Cobertura confirmada: 6 departamentos, 9 seccionales de la DIAN
4. Nuevo calendario para declarar renta (año gravable 2025)
El plazo depende de los dos últimos dígitos de tu NIT (sin contar el dígito de verificación):


5. Nuevo calendario para retenciones (mes de julio de 2026)
El plazo depende del último dígito del NIT


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