NUEVO: Pensión especial para guardias de cárceles

Conoce la nueva Ley 2593 de 2026: pensión especial con 50 años para guardias del Inpec. Requisitos, semanas cotizadas y pasos para solicitarla.

ACTUALIZACIÓN LEGALDERECHO LABORALSEGURIDAD SOCIAL

IUSFRACOL

8/6/20262 min read

Imagen que representa los guardias del INPEC realizando su trabajo de alto riesgo.
Imagen que representa los guardias del INPEC realizando su trabajo de alto riesgo.

1. ¿De qué trata?

El Congreso expidió la Ley 2593 del 6 de julio de 2026, que crea condiciones especiales para que los integrantes del Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria y Carcelaria Nacional accedan a su pensión por actividades de alto riesgo [NUEVO: Bajó el requisito de semanas para subsidio pensional]. La principal novedad es que podrán pensionarse con 50 años si cumplen con las semanas cotizadas en alto riesgo o en el sistema general. La ley ya está vigente desde su publicación.

2. ¿Qué decía antes vs qué dice ahora?

ANTES: No existía una norma especial para el personal de custodia carcelaria dentro del Sistema General de Pensiones.

  • AHORA: Ley especial que reconoce la actividad de alto riesgo para efectos pensionales.

ANTES: No se contemplaba una edad especial de pensión.

  • AHORA: Pensión a los 50 años si se acreditan los requisitos de cotización.

ANTES: Sin norma que regulara el tipo de cotización adicional

  • AHORA: Cotización con 10 puntos adicionales a cargo del empleador

3. ¿A quiénes les toca poner atención?

  • Guardias y vigilantes del INPEC: Revisa si cumples los 50 años y las semanas requeridas en alto riesgo.

  • Personal de custodia que ya tiene semanas cotizadas: Puedes sumar semanas cotizadas en alto riesgo con las del sistema general para completar los requisitos.

  • Empleadores del sector justicia: Deben prepararse para asumir el costo de los 10 puntos adicionales en la cotización.

  • Trabajadores que ingresaron antes de 2003: Tienen un régimen de transición con la Ley 32 de 1986.

4. ¿Qué hay que hacer?

Paso 1: Verifica tu edad y las semanas cotizadas en actividades de alto riesgo.

Paso 2: Solicita a tu empleador (INPEC o UGM) la certificación de las semanas laboradas en custodia carcelaria.

Paso 3: Si cumples los requisitos (50 años y 1.029 semanas en alto riesgo o 1.300 semanas en total con 700 de alto riesgo), presenta la solicitud ante Colpensiones o el fondo privado al que estés afiliado .

5. Fecha clave

Aplica desde: 6 de julio de 2026 (fecha de publicación).

6. FAQ

¿Puedo pensionarme con menos de 50 años si tengo más semanas?
No. La edad mínima es de 50 años. Puedes tener más semanas, pero no reduce la edad .

¿Las semanas en el sistema general sirven?
Sí, si tienes 1.300 semanas en total y al menos 700 fueron en alto riesgo. Si no, necesitas 1.029 semanas en alto riesgo .

¿Esto aplica para personal administrativo de las cárceles?
No. Solo para los integrantes del Cuerpo de Custodia y Vigilancia que realizan funciones de custodia directa .

7. Fuente oficial

Ley 2593 del 6 de julio de 2026 | Ver PDF en el sitio de la Presidencia

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8. Aviso legal

Este contenido es meramente informativo y se basa en el análisis de una norma legal. Cada caso requiere asesoría legal profesional personalizada.

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